La solicitud de autorización de licencia por artículo, tal cual se le conoce cotidianamente, dado que en realidad es licencia por razones particulares con goce o no de haberes ( Dec. Terr. Nº
692/86 Art. 6º V, incisos d y g, en el caso de los docentes, Dec. Nac. 3413/79 art. 14º inc. f y h para personal no docente) debe ser realizada por nota escrita, sin excluir previo aviso verbal,
con 48 horas de anticipación en la secretaría del establecimiento. Debe indicar cargo y/u horas cát. afectadas, nombre y apellido y nº de DNI.